Ponle ojo a tu factura telefónica, desde hoy los operadores podrán suspender servicio por falta de pago y aplicar moras

Durante el periodo de la DECLARACION DE EMERGENCIA a causa de la pandemia coronavirus (covid-19), se emitieron las resoluciones pre-002-2020 y pre-003-2020, que impedían desde mediados de marzo, que los operadores pudieran realizar la suspensión y aplicación de moras en el servicio telefónico.

Pues todo eso llego a su fin y desde este 25 de Mayo 2020, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, declara la extinción de los efectos jurídicos de las resoluciones pre-002-2020 y pre-003-2020, adoptadas por la presidencia del consejo directivo del instituto dominicano de las telecomunicaciones (indotel), en ocasión de la declaración de estado de emergencia por el poder ejecutivo a causa de la pandemia coronavirus (covid-19).

digital-marketing-2718413_1920Esto significa que, las empresas de telecomunicaciones podrán reanudar sus políticas de cobro de servicio a partir del 25 de este mes de mayo, incluyendo la suspensión y aplicación de moras.

Todo esto está amparado en una resolución emitida el 20 de mayo por el El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en la que dejaba sin efecto la prohibición administrativa de corte de servicios por falta de pago y dio un plazo de cinco días a partir de esa fecha para que los usuarios se pusieran al día o hicieran acuerdos de pagos con sus prestadoras de servicio.

La resolución 004-2020 de la Presidencia de Indotel declara el restablecimiento de la normalidad operacional y de los procesos de cobros a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, como son el internet y la telefonía celular o residencial, entre otros.

La resolución se emitió junto con el inicio de la reapertura gradual de la economía anunciada por el presidente Danilo Medina el pasado domingo y que el miércoles 20 iniciaba con la primera fase.

El Indotel señaló que el trabajo conjunto entre el regulador y las empresas prestadoras ha permitido, durante este período de restricciones a la movilidad, mantener la continuidad de servicio y proteger los derechos de los consumidores en todo el país.

Explicó que los usuarios de telecomunicaciones que hayan ejercido el derecho a no suspensión por falta de pago durante el período de vigencia de la prohibición, lapso en el cual estuvieron además exentos del pago de reajustes e intereses por mora, dispondrán de un plazo especial de hasta el 25 de mayo para ponerse al día con las facturas pendientes y realizar acuerdos de pagos con sus prestadoras.

La institución afirmó que se mantendrá vigilante y atenta a la protección de los derechos de los usuarios durante este proceso de normalización, razón por la cual mantiene activos sus canales de atención a usuarios y resolución de reclamos.

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